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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 03169
20 de marzo de 2009
DAGJ-0437-2009
Licenciado
Alvaro Montero M.
Auditor Interno
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Estimado señor:
Asunto: Consulta en torno a competencia para modificar organigrama municipal
Se refiere este Despacho a su oficio Nº AIM-057-09 de fecha 13 de marzo de 2009, en el cual consulta “…sobre si procede que el señor Alcalde realice una modificación a la estructura del Organigrama Municipal, sin que se haya presentado la propuesta al Concejo Municipal, y que por ende tampoco se cuenta con el acuerdo de éste”, lo anterior a efectos de brindar una asesoría requerida a esa Auditoria por las autoridades municipales.
· CRITERIO DEL DESPACHO
Con respecto a la solicitud que usted formula, le indicamos que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República número 7428 del 07 de setiembre del año 1994, y la circular número CO-529, publicada en La Gaceta número 107 del 05 de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, la gestión que se nos formula no se ajusta a los términos de admisibilidad exigidos por esas normas, toda vez que se trata de una consulta que versa sobre materia ajena a la Hacienda Pública, referente a la distribución de competencias a lo interno de una Municipalidad, en cuanto a cuál órgano corresponde la aprobación y modificación del organigrama o estructura organizacional.
No obstante lo anterior, con el ánimo de colaboración a efectos de que esa Auditoria ubique el régimen jurídico que regula esta materia, ofrecemos a continuación una opinión jurídica sobre las normas de Código Municipal que pueden ser aplicables en esta materia.
El Código Municipal (Ley 7794 de 30 de abril de 1998 y sus reformas) es el cuerpo legal fundamental en materia del régimen municipal y contiene dos disposiciones que tratan sob ...
Fecha publicación: 22/03/2009
Fecha emisión: 19/03/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Concejo Municipal
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 02978
16 de marzo de 2009
DAGJ-0405-2009
Licenciado
Geremmy Chaves Marín
Cédula 1-1254-0697
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio en relación a si la Ley de Enriquecimiento Ilícito le es aplicable al Instituto Nacional de Seguros, INS Valores Puesto de Bolsa.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número del 10 de marzo de 2009, por medio del cual solicita nos pronunciemos sobre si el INS está afecto a la Ley de Enriquecimiento Ilícito en todos sus artículos, y de si las entidades cuentan con un plazo para resolver conflictos derivados de esa Ley.
Con respecto a la solicitud que usted formula, le indicamos que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República número 7428 del 07 de setiembre del año 1994, y la circular número CO-529, publicada en La Gaceta número 107 del 05 de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, la gestión que se nos formula no se ajusta a los términos expuestos, pues nos encontramos ante una solicitud que no es formulada por una institución o sujeto privado sujeto de fiscalización por esta Contraloría General que administre o custodie fondos públicos, además de referirse a un caso concreto, por lo que será más bien su abogado el encargado de evacuar sus dudas. En consecuencia, nos abstenemos de emitir criterio alguno y procedemos al rechazo de plano de la misma.
Suscriben atentamente,
Lic. Roberto Rodríguez Araica
Gerente Asociado
Lic. Navil Campos Paniagua
Fiscalizador
/gcv
Ci
Archivo Central
Ni: 4773
G: 2009000988
] ...
Fecha publicación: 19/03/2009
Fecha emisión: 13/03/2009
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 03080
18 de marzo de 2009
DAGJ-0426-2009
Señor
Carlos E. Cascante Gutiérrez
Auditor Interno Municipal
MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
Estimado señor:
Asunto: Se resuelve consulta relacionada con posibilidad de que miembro Concejo Municipal mocione por escrito habiendo llegado después de 15 minutos a la sesión del Concejo.
Por encargo y con la aprobación del Gerente de División, se refiere este Despacho a su oficio número MC- AI- 003- 2009 del 08 de enero de 2009, mediante el cual solicita nuestro criterio con respecto a la posibilidad de que miembro de Concejo Municipal mocione por escrito estando presente como oyente.
I. Motivo de la consulta
Sobre el particular refiere el consultante que un miembro del Concejo Municipal de Carrillo, regidor o síndico, al llegar tarde a la sesión del órgano colegiado municipal podía ejercer únicamente facultades de oyente, de acuerdo con el Reglamento de Sesiones. Que no obstante lo anterior, este funcionario mocionó por escrito en relación con la autorización de un viaje al extranjero, propuesta que fue acogida por uno de los miembros propietarios del Concejo, fue sometida a votación y finalmente aprobada.
Al respecto adjunta en documento aparte la transcripción de una moción presentada por la síndica suplente Annés Yadely Villafuerte Villafuerte, la cual fue acogida por el Presidente Municipal y aprobada mediante acuerdo No. 10 en Sesión Ordinaria No. 48-2008 de 25 de noviembre de 2008. Con ello se nombró a las síndicas Enriqueta Abarca Abarca y Annes Villafuerte Villafuerte para asistir al IV Encuentro Internacional de Autoridades Municipales y Estatales 2008 en Quito Ecuador del 1 al 8 de diciembre último.
De acuerdo con lo expuesto solicita el criterio técnico jurídico sobre el siguiente aspecto:
“ Si procede que un miembro del Concejo Municipal que este (sic) sólo como oyente en una sesión presente una moción por escrito y esta se somete ...
Fecha publicación: 19/03/2009
Fecha emisión: 17/03/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE CARRILLO GUANACASTE
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Concejo Municipal
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 02866
11 de marzo de 2009
DAGJ-0387-2009
Señora
Ofelia Taitelbaum Yoselewich
Presidenta
Comisión Permanente de Asuntos Sociales
Asamblea Legislativa
Estimada señora:
Asunto: Criterio sobre proyecto de ley “Reforma del artículo 66 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda No. 7052 de 13 de Noviembre de 1986, con el fin de incorporar a las Asociaciones Solidaristas como entidades autorizadas”, expediente legislativo No. 17.198..
Por encargo y con la aprobación del Gerente de División, nos referimos a su oficio CPS-005-17.198 de fecha 24 de febrero último, mediante el cual solicita el criterio de este órgano contralor sobre el proyecto de ley denominado “Reforma del artículo 66 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda No. 7052 de 13 de Noviembre de 1986, con el fin de incorporar a las Asociaciones Solidaristas como entidades autorizadas”, actualmente tramitado bajo el expediente No. 17.198, publicado en la Gaceta No. 218 del 11 de noviembre de 2008”.
Sobre el particular interesa señalar por parte de esta Contraloría General que la función de asesoría a la Asamblea Legislativa en la revisión de proyectos de ley, lo es en el ámbito de sus competencias de órgano superior de control y fiscalización de la Hacienda Pública, sin entrar en consideraciones que conciernen estrictamente a otros ámbitos competenciales. De igual forma se indica que para la emisión del presente criterio se realizó la coordinación interna con el área de fiscalización respectiva de esta Contraloría General.
1. Objeto del proyecto de ley
Refiere la exposición de motivos que el movimiento solidarista nacional ha sido uno de los aportes sociales más beneficiosos para la clase trabajadora y sus familias. Que al ser un producto costarricense ha promovido el ahorro, la armonía obrero patronal y el desarrollo integral de los trabajadores y sus familias. Señala el proyecto de ley q ...
Fecha publicación: 16/03/2009
Fecha emisión: 11/03/2009
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE PROYECTOS DE LEY
Tesauro: Numero de Expediente , Nombre del Proyecto
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio No. 02871
11 de marzo, 2009
DAGJ-0390-2009
Señor
MBA. José Manuel Ulate Avendaño
Alcalde
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio respecto a la consulta formulada por la Municipalidad de Heredia, mediante oficio N° AMH-1744-08, referida a la aplicación del régimen de prohibiciones a una Asociación de Desarrollo que recibe fondos públicos.
Por encargo y con la aprobación del Gerente de División damos respuesta a su oficio N° AMH-1744-08, recibido en esta Contraloría General el día 25 de noviembre del año anterior.
I.- Motivo de la consulta:
Sostiene en su oficio, que el Concejo de esa Municipalidad acordó consultar a este órgano contralor respecto a la aplicación del régimen de prohibiciones en materia de contratación administrativa a un miembro de una asociación de desarrollo o entidad similar, que puede resultar adjudicatario en un proceso de contratación que lleve a cabo esa agrupación para construir una obra que se ejecuta con fondos públicos.
Adjuntan el criterio, que sobre el tema, emitió la Auditoría Interna de ese gobierno local. Esa Auditoría Interna, en oficio AS-AIM-07-2008, indicó en lo que interesa, que realizada la consulta a la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad sobre la participación de los directivos de las asociaciones en la ejecución de una obra, ésta mantiene la posición en el sentido de que ello sí es posible. Agregan que del estudio de auditoría AI-04-07 no se tuvo suficiente evidencia para recomendar al Concejo Municipal la apertura de un procedimiento administrativo para sentar posibles responsabilidades en el caso de los miembros de la Junta Directiva de la Asociación Pro Obras específicas de Lagunilla, por falta evidencia suficiente.
II.- Criterio de la División:
Como observación preliminar, es dable aclarar que nos referimos aquí al caso de las asociaciones para el desarrollo de la comunidad regu ...
Fecha publicación: 16/03/2009
Fecha emisión: 11/03/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio No. 02864
19 de marzo de 2009
DAGJ-086-2009
Licenciado
Fernando Herrero Acosta
Regulador General
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
(ARESEP)
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio en relación con la solicitud de aprobación formulada por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, mediante el oficio 003-RG-2009 del 5 de enero de 2009, sobre el desempeño a tiempo completo del doctor Adolfo Rodríguez Herrera, como miembro de la Junta Directiva de esa entidad, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley no. 7593 y sus reformas.
Por encargo de la Gerencia de División, damos respuesta a su oficio 003-RG-2009 del 5 de enero de 2009, mediante el cual solicita aprobar el desempeño a tiempo completo del Doctor Adolfo Rodríguez Herrera, como miembro de la Junta Directiva de esa entidad, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley no. 7593 y sus reformas.
I.- Motivo de la solicitud de aprobación:
Señala en su gestión que se requiere la aprobación de este órgano contralor al tenor de lo dispuesto en la Ley no. 7593 y sus reformas, artículo 54, para que el Doctor Adolfo Rodríguez Herrera, miembro de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Pública, en adelante ARESEP, se desempeñe en la entidad a tiempo completo. Se indica que las labores que realizará este señor se regirán por las normas generales que se adjuntan y que fueron aprobadas por la Junta Directiva en el artículo 6, acuerdo 006-077-2008, de la sesión ordinaria no. 77-2008, celebrada el 15 de diciembre de 2008 y se adjuntan también las labores a realizar aprobadas por artículo 3, acuerdo 003-079-2008 de la sesión extraordinaria 079-2008 celebrada el 22 de diciembre de 2008.
En el artículo 6, acuerdo 006-077-2008, cuyo documento se adjunta, se aprueban las Normas Generales para la aplicación del artículo 54 de la Ley 7593 y sus reformas, referente a la posibilidad de que un miembro ...
Fecha publicación: 15/03/2009
Fecha emisión: 11/03/2009
Institución: AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase al oficio No. 02879
16 de marzo de 2009
DAGJ-0394-2009
Señor
Ronald Vargas Brenes
Director Ejecutivo
Sistema Nacional de Áreas de Conservación
MINISTERIO DE AMBIENTE, ENERGÍA Y TELECOMUNICACIONES
Estimado señor:
Asunto: Se atiende consulta formulada por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), mediante el oficio SINAC-SE-319 del 26 de febrero de 2009 sobre la viabilidad de continuar con el procedimiento iniciado para la contratación del auditor interno y del subauditor sin que ello genere vicios de nulidad absoluta.
Damos respuesta a su oficio no. SINAC-SE-319 del 26 de febrero de 2009 sobre la viabilidad de continuar con el procedimiento iniciado para la contratación del auditor interno y del subauditor sin que ello genere vicios de nulidad absoluta.
Sobre el particular, en virtud de nuestra potestad consultiva, consagrada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General de la República No. 7428 de 7 de setiembre de 1994, atendemos la presente solicitud de criterio, teniendo en cuenta que su alcance tiene efectos vinculantes en lo que se refiere a la materia objeto de nuestras competencias constitucionales y legales. Así las cosas, a partir de lo anterior esta Contraloría General orienta las acciones que debe atender la administración activa para la resolución de los casos concretos, por ser ello de su competencia.
I.- Motivo de la consulta:
Nos indica que el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, en adelante SINAC, es un órgano desconcentrado en grado máximo con personería jurídica instrumental del Ministerio de Ambiente, Energía y Minas, que integra las competencias en materia forestal, vida silvestre y áreas protegidas. Señala que como producto de la desconcentración a nivel institucional se logró determinar la necesidad de de contar con su propio auditor y subauditor, con el fin de implementar mecanismos de control interno y o ...
Fecha publicación: 14/03/2009
Fecha emisión: 11/03/2009
Institución: SISTEMA NACIONAL DE AREAS DE CONSERVACION
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Nombramiento de Auditor y Subauditor Interno
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio No. 02873
11 de marzo, 2009
DAGJ-0391-2009
Señor
MBA. José Manuel Ulate Avendaño
Alcalde
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio respecto a la consulta formulada por la Municipalidad de Heredia, mediante oficio N° AMH-0198-09, referida a la aplicación del régimen de prohibiciones a una Asociación de Desarrollo que recibe fondos públicos.
Por encargo y con la aprobación del Gerente de División, damos respuesta a su oficio N° AMH-0198-09, recibido en esta Contraloría General el día 18 de febrero del presente año.
Toda vez que, la Municipalidad a su cargo remitió exactamente la misma consulta a esta Contraloría General mediante oficio N° AMH-1744-08, recibido el 25 de noviembre del año anterior, para dar respuesta al presente asunto respetuosamente lo remitimos a nuestro oficio Nn. 02871-2009, con el cual atendimos la primera gestión.
Atentamente,
Lic. Sergio Mena García
Licda. Ana Marcela Palma Segura
Gerente Asociado
Fiscalizadora
AMPS/SMG/mcc
Ci: Archivo Central
Ni: 3350
G: 2009000806-2
] ...
Fecha publicación: 14/03/2009
Fecha emisión: 11/03/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase al oficio No. 02759
09 de marzo de 2009
DAGJ-0362-2009
Licenciado
Alfredo Córdoba Soto
Alcalde
MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio en relación con la consulta formulada por esa municipalidad, mediante el oficio A.M.-0095-2009 del 16 de febrero enero de 2009 sobre el 10% de los gastos administrativos de las tarifas por servicios municipales y la procedencia de la apertura de una cuenta presupuestaria denominada reserva por depreciaciones.
Damos respuesta a su oficio A.M.-0095-2009 del 16 de febrero de 2009 sobre el 10% de los gastos administrativos de las tarifas por servicios municipales y la procedencia de la apertura de una cuenta presupuestaria denominada reserva por depreciaciones.
Sobre el particular, en virtud de nuestra potestad consultiva, consagrada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General de la República No. 7428 de 7 de setiembre de 1994, atendemos la presente solicitud de criterio, teniendo en cuenta que su alcance tiene efectos vinculantes en lo que se refiere a la materia objeto de nuestras competencias constitucionales y legales. Así las cosas, a partir de lo anterior esta Contraloría General orienta las acciones que debe atender la administración activa para la resolución de los casos concretos, por ser ello de su competencia.
I.- Motivo de la consulta:
Plantea en su gestión dos consultas:
1. Cuestiona si es procedente que desde el punto de vista del origen y aplicación de fondos en materia presupuestaria, en el caso de los tarifas por servicios municipales donde existe el ítem de “gastos de administración”, manifestado como un diez por ciento de los costos totales identificados, “(…) debería manejarse que de los ingresos por servicios (100%), debería mandarse a gastos el 90% y el 10% restante, se toma como origen para financiamiento parcial del programa I”. Considera que la existencia del ítem de gas ...
Fecha publicación: 13/03/2009
Fecha emisión: 09/03/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Tasas
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al Oficio No. 02804
11 de marzo de 2009
DAGJ-0374-2009
Señor
Emilio J. Rodríguez Molina
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
Estimado señor:
Asunto: Se atiende consulta formulada por la Municipalidad, mediante el oficio AM-2009-0039 del 26 de febrero de 2009 sobre la posibilidad de que realice inversión pública en áreas comunales de proyectos urbanísticos.
Damos respuesta a su oficio no. AM-2009-0039 del 26 de febrero de 2009, sobre la posibilidad de que realice inversión pública en áreas comunales de proyectos urbanísticos.
Sobre el particular, en virtud de nuestra potestad consultiva, consagrada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General de la República No. 7428 de 7 de setiembre de 1994, atendemos la presente solicitud de criterio, teniendo en cuenta que su alcance tiene efectos vinculantes en lo que se refiere a la materia objeto de nuestras competencias constitucionales y legales. Así las cosas, a partir de lo anterior esta Contraloría General orienta las acciones que debe atender la administración activa para la resolución de los casos concretos, por ser ello de su competencia.
I.- Motivo de la consulta:
Plantea en su gestión la duda sobre la posibilidad de que se realice inversión pública en áreas comunales de proyectos urbanísticos, en vista de que por diversas circunstancias de índole administrativo dentro de las municipalidades, algunos proyectos urbanísticos han sido formalmente recibidos pero no se llegó a concretar la etapa de traspasar formalmente a nombre de la municipalidad, los terrenos que comprenden las áreas comunales y han transcurrido en algunos casos hasta quince años después de la recepción.
Consideran que esa situación podría estar subsanada porque en la legislación que rige (artículos 43 y 44 de la Ley de Planificación Urbana, no. 4240), se establece que al existir el mapa oficial de estos proyectos urbaní ...
Fecha publicación: 13/03/2009
Fecha emisión: 10/03/2009
Institución: MUNICIPALIDAD DE OROTINA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Concepto y Generalidades de Bienes de Dominio Público , Bienes Inmuebles